1.
ASISTENCIA TÉCNICA INTEGRAL: Es el conjunto de procesos y mecanismos empleados para
orientar, formar y capacitar a las comunidades en materia de vivienda y
hábitat.
2. CRÉDITO A
CORTO PLAZO: Es el financiamiento otorgado para la construcción de desarrollos
habitacionales en un terreno propiedad de la comunidad organizada.
3. CRÉDITO A
LARGO PLAZO: Es el financiamiento otorgado a cada uno de los miembros de la
comunidad organizada para que puedan adquirir las viviendas.
4.
DOCUMENTOS: Son los recaudos (cédula de identidad, planillas, constancias,
etc.),
que debes consignar (en original y copia) para poder acceder a los créditos a corto y
largo plazo.
que debes consignar (en original y copia) para poder acceder a los créditos a corto y
largo plazo.
5. FONDO DE
AHORRO OBLIGATORIO PARA LA
VIVIENDA (FAOV): Es aquel que tiene por objeto facilitar al
ahorrista habitacional el acceso al crédito para la construcción, adquisición,
reparación y remodelación de una vivienda.
6. NORMAS
COVENIN: Son los parámetros de la Comisión Venezolana
de Normas Industriales, los cuales han sido aprobados en consenso por expertos
y especialistas a nivel nacional e internacional, para normalizar y certificar
los niveles de calidad de los productos y servicios en el país.
7. PLAN DE AHORRO: Mecanismo que permite a las
familias de la comunidad organizada, recaudar dinero sistemáticamente de forma
planificada, de manera individual y colectiva, a fin de recaudar los recursos
para adquirir la vivienda.
8. PROYECTO
DE URBANISMO Y VIVIENDA: Conjunto de especificaciones técnicas para la
ejecución de las viviendas, urbanismo y equipamiento urbano comunal básico.
9.
REQUISITOS: Son las condiciones que debe reunir la comunidad para poder beneficiarse
con un crédito a corto y a largo plazo.
10.
SERVICIOS BÁSICOS: Son aquellos que debe tener el terreno para poder construir
el desarrollo habitacional: agua, electricidad, cloacas.
11. SUBSIDIO
DIRECTO HABITACIONAL: Es una contribución directa del Estado para apoyar a las
familias con ingresos mensuales que no superen las 55 unidades tributarias y
así permitirles el acceso a una vivienda digna.
12. UNIDAD TRIBUTARIA (U.T): Es una medida creada por
el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
(SENIAT), que permite actualizar a la realidad inflacionaria los montos de
pagos, sanciones, etc. Se ajusta anualmente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario